DUDA derecho penal!!
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DUDA derecho penal!!
Haber si alguien me ayuda a aclararme,
Tipos de autoria:
-Autor directo
-Autoria por induccion o por fuerza
-Autoria de delitos especiales
-Autor mediato
-Actuacion en nombre de otro
y
-Autor por cooperacion necesario.
Bien, alguien me podria decir si estan todos y cual de ellos es la "Coautoria"
Gracias de antemano.
Tipos de autoria:
-Autor directo
-Autoria por induccion o por fuerza
-Autoria de delitos especiales
-Autor mediato
-Actuacion en nombre de otro
y
-Autor por cooperacion necesario.
Bien, alguien me podria decir si estan todos y cual de ellos es la "Coautoria"
Gracias de antemano.
Franciscoalmeria- Subinspector
- Ciudad : Almería
Mensajes : 61
Fecha de inscripción : 21/01/2011
Edad : 40
Re: DUDA derecho penal!!
La coautoría se aprecia cuando varias personas, de común acuerdo, toman parte en la ejecución de un hecho típico constitutivo de delito. Tal conceptuación requiere, de una parte, la existencia de una decisión conjunta, elemento subjetivo de la coautoría, y un dominio funcional del hecho con aportación al mismo de una acción en la fase ejecutiva, que integra el elemento objetivo. Será coautor quien dirija su acción a la realización del tipo con dominio de la acción, que será funcional si existe la división de funciones entre los intervinientes, pero todas con ese dominio de la acción característico de la autoría.
En cuanto a la autoria leete el Art. 28 del Codigo Penal.
En cuanto a la autoria leete el Art. 28 del Codigo Penal.
Re: DUDA derecho penal!!
Osea allo, cuando hay un delito en el que intervienen 2 o mas personas y tadas ellas tienen grado de auor (no de complice ni emcubridor) decimos que hay coautoria??
Lo e entendido bien??jaja gracias otra vez
Lo e entendido bien??jaja gracias otra vez
Franciscoalmeria- Subinspector
- Ciudad : Almería
Mensajes : 61
Fecha de inscripción : 21/01/2011
Edad : 40
Re: DUDA derecho penal!!
Artículo 28.
Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento.
También serán considerados autores:
Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo.
Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado.
De aqui extraigo que los autores pueden ser inmediatos (realizan el hecho por si solos) mediatos (realizan el hecho por medio de otro del que se sirven de instrumento) y coautores (realizan el hecho conjuntamente).
En este ultimo punto se entiende que es mas de una persona.
Un coautor es un autor del hecho delictivo, que es lo que hay que quedarse... no?
Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento.
También serán considerados autores:
Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo.
Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado.
De aqui extraigo que los autores pueden ser inmediatos (realizan el hecho por si solos) mediatos (realizan el hecho por medio de otro del que se sirven de instrumento) y coautores (realizan el hecho conjuntamente).
En este ultimo punto se entiende que es mas de una persona.
Un coautor es un autor del hecho delictivo, que es lo que hay que quedarse... no?
Quimido- Policía Local
- Ciudad : Madrid
Mensajes : 32
Fecha de inscripción : 09/03/2011
Edad : 39
Re: DUDA derecho penal!!
Correcto!
Hagamos un repaso, segun el Art. 28 del Codigo Penal:
Son autores quienes realizan el hecho por si solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento.
Tambien serán considerados autores:
Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo.
Los que cooperan a su ejecucion con un acto sin el cual no se habria efectuado.
Asi que tendriamos :
- Autoria directa: Realiza el hecho por si mismo, por si solo
- Autoria mediata: No realiza el hecho directamente y personalmente, sino que se vale de una tercera persona, quien actua como instrumento, y que es quien realiza el delito mediante engaño, violencia o intimidacion.
-Coautor: Disposicion de dos o mas personas para realizar un hecho conjuntamente.
-Cooperador necesario: no efectua directamente la accion delictiva pero aporta un acto sin el cual no se daria el delito.
Un saludo.
Hagamos un repaso, segun el Art. 28 del Codigo Penal:
Son autores quienes realizan el hecho por si solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento.
Tambien serán considerados autores:
Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo.
Los que cooperan a su ejecucion con un acto sin el cual no se habria efectuado.
Asi que tendriamos :
- Autoria directa: Realiza el hecho por si mismo, por si solo
- Autoria mediata: No realiza el hecho directamente y personalmente, sino que se vale de una tercera persona, quien actua como instrumento, y que es quien realiza el delito mediante engaño, violencia o intimidacion.
-Coautor: Disposicion de dos o mas personas para realizar un hecho conjuntamente.
-Cooperador necesario: no efectua directamente la accion delictiva pero aporta un acto sin el cual no se daria el delito.
Un saludo.
Re: DUDA derecho penal!!
OK, todo aclarado, muchas gracias y un saludo.
Franciscoalmeria- Subinspector
- Ciudad : Almería
Mensajes : 61
Fecha de inscripción : 21/01/2011
Edad : 40
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