Pregunta de Código Penal
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DAVARUSA
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Pregunta de Código Penal
Para clasificar infracciones nuestro código penal adopta:
a) Criterios Cuantitativos
b) Criterios Cualitativos
c) División tripartita
d) División Bipartita.
Según el corrector es la c, pero no se a que se refiere Tripartita
a) Criterios Cuantitativos
b) Criterios Cualitativos
c) División tripartita
d) División Bipartita.
Según el corrector es la c, pero no se a que se refiere Tripartita
Última edición por DAVARUSA el Miér Mar 02, 2011 10:08 am, editado 1 vez
Re: Pregunta de Código Penal
Como infracciones dentro del codigo penal tenemos los delitos graves, delitos menos graves y faltas, por eso es division tripartita, 3 partes.
Re: Pregunta de Código Penal
AHHHH VALEEEE!!! , no sabía que se refería a los tipòs de delitos con sus correspondientes penas, Muchas gracias allo
Re: Pregunta de Código Penal
Yo pensaba que era, bipartita. Ya que se divide en Delitos y faltas, pero ya veo que no. Se tendrá en cuenta por si cae en algún sitio la pregunta.
Re: Pregunta de Código Penal
De aqui sale:
Artículo 13
1. Son delitos graves las infracciones que la Ley castiga con pena
grave.
2. Son delitos menos graves las infracciones que la Ley castiga
con pena menos grave.
3. Son faltas las infracciones que la Ley castiga con pena leve.
4. Cuando la pena, por su extensión, pueda incluirse a la vez
entre las mencionadas en los dos primeros números de este artículo, el
delito se considerará, en todo caso, como grave.
Artículo 13
1. Son delitos graves las infracciones que la Ley castiga con pena
grave.
2. Son delitos menos graves las infracciones que la Ley castiga
con pena menos grave.
3. Son faltas las infracciones que la Ley castiga con pena leve.
4. Cuando la pena, por su extensión, pueda incluirse a la vez
entre las mencionadas en los dos primeros números de este artículo, el
delito se considerará, en todo caso, como grave.
Re: Pregunta de Código Penal
que diferencia existe entre :
RESPONSABILIDAD PENAL y RESPONSABILIDAD CRIMINAL ??????
me hago un poco de lío porque se utilizan estos dos términos en diferentes artículos....
..............................................................................................................................................
por otra parte, tampoco entiendo el significado del artículo 14 de CP
Artículo 14.
1. El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error, atendidas las circunstancias del hecho y las personales del autor, fuera vencible, la infracción será castigada, en su caso, como imprudente.
2. El error sobre un hecho que cualifique la infracción o sobre una circunstancia agravante, impedirá su apreciación.
3. El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera vencible, se aplicará la pena inferior en uno o dos grados.
una ayudita GRACIASSSSS !!!
RESPONSABILIDAD PENAL y RESPONSABILIDAD CRIMINAL ??????
me hago un poco de lío porque se utilizan estos dos términos en diferentes artículos....
..............................................................................................................................................
por otra parte, tampoco entiendo el significado del artículo 14 de CP
Artículo 14.
1. El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error, atendidas las circunstancias del hecho y las personales del autor, fuera vencible, la infracción será castigada, en su caso, como imprudente.
2. El error sobre un hecho que cualifique la infracción o sobre una circunstancia agravante, impedirá su apreciación.
3. El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera vencible, se aplicará la pena inferior en uno o dos grados.
una ayudita GRACIASSSSS !!!
Re: Pregunta de Código Penal
Bueno este post tiene tiempo, pero si aun andas por aquí quiero hacer los honores de contestarte.
Lo que entiendo yo en tu primera pregunta, es que la responsabilidad penal, es que se te exija una pena por un comportamiento típico del código penal. Y la responsabilidad criminal es el comportamiento antijurídico que has cometido.
No se si me entiendes.
Lo otro es muy sencillo.
Un error invencible, es algo que es imposible de evitar, por lo que excluye de responsabilidad.
El error vencible, es decir, que pudiéndolo evitar no se evita (aquí hay que tener cuidado con lo de comisión por omisión) se castiga como imprudente (pena inferior en 1 o 2 grados).
“El error sobre un hecho que cualifique la infracción o sobre una circunstancia agravante, impedirá su apreciación” –es decir si el error es agravante no se tiene en cuenta.
Espero que te ayudase.
Lo que entiendo yo en tu primera pregunta, es que la responsabilidad penal, es que se te exija una pena por un comportamiento típico del código penal. Y la responsabilidad criminal es el comportamiento antijurídico que has cometido.
No se si me entiendes.
Lo otro es muy sencillo.
Un error invencible, es algo que es imposible de evitar, por lo que excluye de responsabilidad.
El error vencible, es decir, que pudiéndolo evitar no se evita (aquí hay que tener cuidado con lo de comisión por omisión) se castiga como imprudente (pena inferior en 1 o 2 grados).
“El error sobre un hecho que cualifique la infracción o sobre una circunstancia agravante, impedirá su apreciación” –es decir si el error es agravante no se tiene en cuenta.
Espero que te ayudase.
Lance-- Policía Local en prácticas
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Re: Pregunta de Código Penal
buena explicacion, ha qdado bastante claro !!!!! son dudas de tipo existencial que rondan la cabeza mientra lees miles de articulos jejejje. gracias
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