Ayuda con supuesto práctico
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Ayuda con supuesto práctico
Buenas a todos.
Me han pasado un supuesto práctico y me gustaría saber si me podéis ayudar a resolverlo, bueno aquí os lo dejo y gracias de antemano.
SUPUESTO PRÁCTICO
La plaza donde se ubica el Ayuntamiento de planta rectangular y de
unos 2.500 m2 dispone de una zona peatonal ajardinada con bancos, algunas
atracciones infantiles (tobogán, balancín, etc.) y alumbrado público y una
calzada que la circunda para la circulación de vehículos. La plaza se ubica en
el casco antiguo de la localidad donde se ubican tanto fincas de uso residencial
como comercial, aunque predominan las primeras.
Durante el invierno se concentran durante el fin de semana de treinta a
cuarenta jóvenes, que ocupan la zona peatonal y parte de la zona destinada a
los vehículos, consumiendo bebidas alcohólicas, y algunos de ellos fuman
hachís. Estas personas depositan en la vía pública fuera de las papeleras,
envases de bebidas y bolsas de plástico. Además como la zona carece de
servicios públicos los jóvenes realizan sus necesidades en la vía pública,
aprovechando los rincones y la falta de iluminación de algunas zonas.
Los servicios municipales han informado de daños en las zonas
ajardinadas y en el mobiliario urbano y grafitis en las paredes, y algunos
vecinos se quejan que un establecimiento de venta al por menor de bebidas y
alimentos cercano a la plaza denominado VENDOTODO, vende fuera de
horario bebidas alcohólicas, incluso a personas menores de edad, así como de
las dificultades que padecen para acceder a sus viviendas tanto a pie como en
coche.
En la plaza no están autorizadas por el Ayuntamiento la realización de
este tipo de actividades de ocio, no obstante, los jóvenes no hacen uso de la
zona habilitada y cercana a las instalaciones deportivas municipales, ya que se
encuentra alejada del centro de la población y resulta muy fría en invierno.
Ante las continuas molestias y daños se ha constituido una plataforma
vecinal que exige la solución del problema que plantean las concentraciones y
actividades mencionadas.
El esquema de trabajo a la hora de realizar la actividad por el alumno, será
el siguiente:
1. Análisis del supuesto de hecho, distinguiendo sus distintas partes y el
contexto donde se desarrolla, y detectando las conductas infractoras.
2. Análisis de la normativa aplicable, infracciones que se observan y
medidas cautelares que puedan aplicarse (decomisos, desalojo y
precinto de la actividad o de cualquier elemento de la misma, etc.).
3. Actuación policial procedente de acuerdo con la normativa de aplicación
y la correcta praxis policial
4. Documento de denuncia que sirven de soporte a la actuación inspectora
(acta o formulario de denuncia). Esta parte es de gran importancia
práctica y consistirá en la redacción de la denuncia por la dispensación
de bebidas alcohólicas a menores.
5. Documentos sometidos a inspección. Deben reseñarse los documentos
que deben exigirse a los responsables de las conductas que se
presumen infractoras.
Me han pasado un supuesto práctico y me gustaría saber si me podéis ayudar a resolverlo, bueno aquí os lo dejo y gracias de antemano.
SUPUESTO PRÁCTICO
La plaza donde se ubica el Ayuntamiento de planta rectangular y de
unos 2.500 m2 dispone de una zona peatonal ajardinada con bancos, algunas
atracciones infantiles (tobogán, balancín, etc.) y alumbrado público y una
calzada que la circunda para la circulación de vehículos. La plaza se ubica en
el casco antiguo de la localidad donde se ubican tanto fincas de uso residencial
como comercial, aunque predominan las primeras.
Durante el invierno se concentran durante el fin de semana de treinta a
cuarenta jóvenes, que ocupan la zona peatonal y parte de la zona destinada a
los vehículos, consumiendo bebidas alcohólicas, y algunos de ellos fuman
hachís. Estas personas depositan en la vía pública fuera de las papeleras,
envases de bebidas y bolsas de plástico. Además como la zona carece de
servicios públicos los jóvenes realizan sus necesidades en la vía pública,
aprovechando los rincones y la falta de iluminación de algunas zonas.
Los servicios municipales han informado de daños en las zonas
ajardinadas y en el mobiliario urbano y grafitis en las paredes, y algunos
vecinos se quejan que un establecimiento de venta al por menor de bebidas y
alimentos cercano a la plaza denominado VENDOTODO, vende fuera de
horario bebidas alcohólicas, incluso a personas menores de edad, así como de
las dificultades que padecen para acceder a sus viviendas tanto a pie como en
coche.
En la plaza no están autorizadas por el Ayuntamiento la realización de
este tipo de actividades de ocio, no obstante, los jóvenes no hacen uso de la
zona habilitada y cercana a las instalaciones deportivas municipales, ya que se
encuentra alejada del centro de la población y resulta muy fría en invierno.
Ante las continuas molestias y daños se ha constituido una plataforma
vecinal que exige la solución del problema que plantean las concentraciones y
actividades mencionadas.
El esquema de trabajo a la hora de realizar la actividad por el alumno, será
el siguiente:
1. Análisis del supuesto de hecho, distinguiendo sus distintas partes y el
contexto donde se desarrolla, y detectando las conductas infractoras.
2. Análisis de la normativa aplicable, infracciones que se observan y
medidas cautelares que puedan aplicarse (decomisos, desalojo y
precinto de la actividad o de cualquier elemento de la misma, etc.).
3. Actuación policial procedente de acuerdo con la normativa de aplicación
y la correcta praxis policial
4. Documento de denuncia que sirven de soporte a la actuación inspectora
(acta o formulario de denuncia). Esta parte es de gran importancia
práctica y consistirá en la redacción de la denuncia por la dispensación
de bebidas alcohólicas a menores.
5. Documentos sometidos a inspección. Deben reseñarse los documentos
que deben exigirse a los responsables de las conductas que se
presumen infractoras.
oviwan21- Policía Local
- Ciudad : Jaén
Mensajes : 33
Fecha de inscripción : 04/03/2011
Edad : 45
Re: Ayuda con supuesto práctico
1. Concentración de 30 a 40 jóvenes, ocupan zona peatonal y parte zona vehículos.
Estarían cometiendo una infracción del articulo 16 y 17 L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana sancionado en el articulo 23.c. de esta misma ley.
¿Se consideraría reunión ilegal al haber más de 20 personas reunidas?
2. Consumen bebidas alcohólicas.
Aquí no estoy seguro si son estos artículos. ¿ Estarían cometiendo una infracción del artículo 25 y sancionado en el artículo 28. L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana?
3. Fuman hachís.
Estarían cometiendo una infracción del artículo 25 y sancionado en el artículo 28. L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana
4. Fuera de las papeleras tiran envases de bebida y bolsas de plástico
5. Realizan sus necesidades en vía pública.
6. Daños zonas ajardinadas y en mobiliario urbano, grafitis en las paredes.
Los puntos 4, 5, y 6 se sancionarían según lo siguiente. Si es una sanción administrativa estaríamos actuando según el artículo 23.n. L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana. Si es penal estaríamos sancionando por el artículo 625 C.P. siempre que no exceda de 400 euros.
7. Local, vende fuera de horario bebidas alcohólicas y a menores de edad.
Estaríamos ante una sanción del articulo 26.d. de la L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana.
También se le pedirían la documentación a todos los individuos que se encuentren en el lugar según el artículo 9.1 la L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Estarían cometiendo una infracción del articulo 16 y 17 L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana sancionado en el articulo 23.c. de esta misma ley.
¿Se consideraría reunión ilegal al haber más de 20 personas reunidas?
2. Consumen bebidas alcohólicas.
Aquí no estoy seguro si son estos artículos. ¿ Estarían cometiendo una infracción del artículo 25 y sancionado en el artículo 28. L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana?
3. Fuman hachís.
Estarían cometiendo una infracción del artículo 25 y sancionado en el artículo 28. L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana
4. Fuera de las papeleras tiran envases de bebida y bolsas de plástico
5. Realizan sus necesidades en vía pública.
6. Daños zonas ajardinadas y en mobiliario urbano, grafitis en las paredes.
Los puntos 4, 5, y 6 se sancionarían según lo siguiente. Si es una sanción administrativa estaríamos actuando según el artículo 23.n. L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana. Si es penal estaríamos sancionando por el artículo 625 C.P. siempre que no exceda de 400 euros.
7. Local, vende fuera de horario bebidas alcohólicas y a menores de edad.
Estaríamos ante una sanción del articulo 26.d. de la L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana.
También se le pedirían la documentación a todos los individuos que se encuentren en el lugar según el artículo 9.1 la L.O. 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana.
oviwan21- Policía Local
- Ciudad : Jaén
Mensajes : 33
Fecha de inscripción : 04/03/2011
Edad : 45
Re: Ayuda con supuesto práctico
2. Art. 8.1 de ley 7/2006 sobre potestades administrativas en determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de Andalucia. Permanencia y concentracion de personas consumiendo bebidas fuera de las zonas permitidas.
4. Art 8.2 de ley 7/2006 arrojar restos fuera de los puntos de deposito de basuras.
5. Art. 8.3 ley 7/2006 realizar necesidades fisiologicas.
7. Art. 7.2 ley 7/2006 vender bebidas alcoholicas fuera de horario. Art. 37.3a ley 4/97 prevencion y asistencia en materia de drogas por vender alcohol a menores.
4. Art 8.2 de ley 7/2006 arrojar restos fuera de los puntos de deposito de basuras.
5. Art. 8.3 ley 7/2006 realizar necesidades fisiologicas.
7. Art. 7.2 ley 7/2006 vender bebidas alcoholicas fuera de horario. Art. 37.3a ley 4/97 prevencion y asistencia en materia de drogas por vender alcohol a menores.
Re: Ayuda con supuesto práctico
Muchas gracias allo308 por tu ayuda.
Entonces Los puntos 1, 3, y 6 se regirán por ley orgánica 1/1992 de 21 de febrero y los puntos que tú has mencionado por ley 7/2006, de 24 de octubre.
También abría que poner que los puntos 2, 4 y 5 sería una infracción leve y el 7 una infracción grave sancionable según el artículo 9 de esta misma ley, leve hasta 300 euros y grave desde 301 a 24000 euros.
Entonces Los puntos 1, 3, y 6 se regirán por ley orgánica 1/1992 de 21 de febrero y los puntos que tú has mencionado por ley 7/2006, de 24 de octubre.
También abría que poner que los puntos 2, 4 y 5 sería una infracción leve y el 7 una infracción grave sancionable según el artículo 9 de esta misma ley, leve hasta 300 euros y grave desde 301 a 24000 euros.
oviwan21- Policía Local
- Ciudad : Jaén
Mensajes : 33
Fecha de inscripción : 04/03/2011
Edad : 45
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