El Gobierno en relación con Presupuestos del Estado
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El Gobierno en relación con Presupuestos del Estado
Pregunta:
El Gobierno con relación a los Presupuestos Generales del Estado:
a) Los aprueba
b) Los convalida
c) Aprueba su Proyecto de Ley
d) Ratifica
Yo puse la a) pero en el corrector pone que es la c), y la verdad es que miré en la CE y no he encontrado nada.
El Gobierno con relación a los Presupuestos Generales del Estado:
a) Los aprueba
b) Los convalida
c) Aprueba su Proyecto de Ley
d) Ratifica
Yo puse la a) pero en el corrector pone que es la c), y la verdad es que miré en la CE y no he encontrado nada.
Re: El Gobierno en relación con Presupuestos del Estado
A ver, la CE dice en su art. 134 que el Gobierno elabora los PGE y las Cortes los aprueba y se tramitan como proyecto de ley para que las Cortes los apruebe. Por tanto sería la c). Te dejo el artículo. Además teniendo en cuenta las demas respuestas, no cabe duda, ya que p.ej. la APROBACION corresponde a las Cortes.
Art.134
1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes su examen, enmienda y aprobación.
2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.
3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.
4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.
5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.
6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.
Art.134
1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes su examen, enmienda y aprobación.
2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.
3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.
4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.
5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.
6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.
Re: El Gobierno en relación con Presupuestos del Estado
De nada, para eso estamos. Lo que no puedo aportar en supuestos lo intentare aportar en derecho.
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